AUXILIO POR DIA DE INTEGRACION!!
Se otorga (1) una sola vez cada (2) dos años para los asociados, hijos de los asociados hasta los 25 años y cónyuge previa presentación de fórmula médica y factura de venta. Debe llevar 6 meses vinculado al Fondo de Empleados.
Cuantía: Asociados 20% de 1 SMMLV; Hijos de asociados, cónyuge y/o padres 15% de 1 SMMLV
Todo hecho o acontecimiento imprevisto que represente para el asociado perjuicio grave de carácter económico como inundaciones, deslizamientos, incendios, movimientos sísmicos o fenómenos naturales comprobables.
Cuantía: El monto de este auxilio será el 60% sobre las facturas presentadas máximo hasta 3 SMMLV.
Se reconocerá por el fallecimiento de un familiar en primer grado de consanguinidad (padres, hijos y hermanos) incluyendo al conyugue, contribuyendo con éste a resolver en parte una situación económica que siempre se presenta inesperadamente.
Requisitos: Presentar Solicitud de auxilio acompañada de fotocopia del acta de defunción
Cuantía: 30% de 1 SMMLV
Se otorga una vez al año, previa exhibición de las facturas y copagos, acompañado de historia clínica.
Beneficiarios: Asociados y parientes en primer grado de consanguinidad y primero de afinidad
Cuantía: 60% de los soportes anexados, sin que exceda de 2 SMMLV